Dejó sin efecto lo actuado por el Intendente Almeda y la Comisión. Además resolvió que en 48 horas se deberá llamar a una nueva licitación.
La segunda sesión ordinaria de año del Concejo Deliberante realizada este jueves a las 09:00, estuvo marcada por la polémica y denuncias de sobreprecios en las licitaciones para la Serenata a Cafayate 2020.
La jornada estuvo signada por un clima de tensión política que tuvo su punto culmine con el tratamiento de un proyecto de resolución presentado por la concejal Patricia Castro que solicitaba la impugnación del proceso licitatorio realizado por el municipio de Cafayate y la Comisión de Serenata para la contratación de sonido, luces y escenario, que resultó en una denuncia por parte de la empresa Slame por hechos irregulares y un supuesto sobreprecio de $500.000 aproximadamente.
El tratamiento del proyecto, luego de que la secretaria lo leyera, estuvo marcado por una cerrada defensa del concejal almedista Rene Condorí a lo actuado por el Intendente con el argumento de que no se puede desestimar lo actuado por la simple razón de que falta poco tiempo para la fecha del festival.
Finalmente, luego de un cuarto intermedio donde se plantearon dos posturas, la de aprobar el proyecto tal como fue presentado por la concejal Castro y la de pasar a comisión el proyecto hasta el próximo lunes, según propuso el presidente del cuerpo, Lucas Cayata. Finalmente terminó por aprobarse el proyecto por mayoría quedando impugnada la polémica licitación.
La resolución fue aprobada con el voto afirmativo de Patricia, Castro, Facundo Guzmán y Jorge Guantay, mientras que votaron en contra de impugnar la licitación René Condorí y Adríán Torres. Se abstuvo Cristian Avellaneda y el presidente del cuerpo no votó al no haber empate.
Consultada al respecto por radiocafayate.com, la concejal Castro dijo que: “es importante entender que la medida aprobada se sustenta en el principio precautorio de cuidar el erario municipal que no pertenece ni al Intendente, ni a mí, ni al resto de mis colegas, por lo que no tomar una medida de este tipo nos acercaba peligrosamente a un juicio millonario que no lo pagaríamos los funcionarios, sino el pueblo de Cafayate”.
Luego la edil radical agregó, “junto con la impugnación, también pedimos que la Comisión De Serenata remita la documentación de lo actuado en el proceso licitatorio fracasado y así poder corroborar si las denuncias hechas son reales. Decidí no pedir solamente un informe ya que tenemos sobrada experiencia en el desinterés que muestra el Intendente por respetar al Concejo Deliberante y de esperar a que remita la documentación, probablemente íbamos a tener que esperar hasta el mes que viene cuando ya todo esté terminado y el juicio iniciado.”
Según pudo saber este medio, la noticia de la impugnación de la licitación cayó como un balde de agua fría dentro de la Municipalidad, que pasado el mediodía convoco a una urgente reunión del gabinete para tratar el tema.
Este es el texto completo de la Resolución aprobada por el Concejo Deliberante:
PROYECTO DE RESOLUCION
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CAFAYATE IMPUGNA LICITACIÓN PÚBLICA – RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 152/19.
VISTO:
- Articulo 53 inc. 1 de la Carta Orgánica Municipal,
- Artículo 27 de la Carta Orgánica Municipal,
- Ley Provincial N° 8.072 “Sistema De Contrataciones De La Provincia”,
- Ordenanza “Creación de la Comisión de Serenata a Cafayate” N° 20/10 Artículos 16,17, 18 y 19,
- Ordenanza N° 20/19 “Sistema De Contrataciones Municipales”,
- Licitación Pública – Resolución Municipal Nº 152/19 y,
CONSIDERANDO:
- Que, La Municipalidad de Cafayate ha convoca al llamado a Licitación Pública en virtud del art. 13 de la Ley Nº 8072 para la provisión de servicio de provisión, armado, mantenimiento y desmontaje de baños químicos, servicios de provisión, armado, mantenimiento y desmontaje tribunas, servicios de provisión de sistema, equipamiento y gestión de venta de entradas y servicios de sonido, iluminación, pantalla y escenario.
- Que, es potestad irrenunciable del Consejo Deliberante auditar y controlar todo acto administrativo llevado a cabo por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Comisión De Serenata A Cafayate según los artículos 16, 17, 18 y 19 de la ordenanza 20/10 “ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Y PATRIMONIO”.
- Que, al día de la fecha se encuentran vencidos todos los plazos de la licitación pública sin que se conozca fehacientemente si la misma tiene validez legal y que el proceso de selección se a llevado a cabo según los principios de la ley N° 8072 y ordenanza municipal Sistema De Contrataciones Municipales.
- Que, el Sr. Miguel Ángel Slame mediante nota dirigida al presidente del concejo deliberante denuncia posible irregularidad en el proceso licitatorio y solicita que se tomen medidas al respecto.
- Que, ante una eventual violación de las normas en la que se ampara el llamado a licitación pública y que es necesario tomar medidas precautorias a fin de salvaguardad el erario municipal con urgencia ante la proximidad de la fecha de realización del festival Serenata a Cafayate 2020.
- Que, al haber tomado estado publico la situación denunciada y que el Sr. Slame ha remitido con fecha de 03/02/2020 carta documento al municipio solicitando se aclare su situación, se hace primordial que el Concejo Deliberante cumpla su rol de contralor y constate que el proceso licitatorio se a llevado conforme a la ley y así salvaguardar la honorabilidad del Concejo Deliberante.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE CAFAYATE REUNIDO EN SESIÓN Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
RESUELVE:
Artículo Primero: IMPUGNAR la Licitación Pública – Resolución Municipal Nº 152/19 llevada a cabo por el DEM y la Comisión Permanente de Serenata según el artículo 19 inciso d) de la Ordenanza 20/10.
Artículo Segundo: REQUERIR al DEM y la Comisión Permanente de Serenata convoquen a un nuevo llamado a Licitación Pública para los servicios requeridos para Serenata 2020 en el plazo de 48 horas hábiles.
Artículo Tercero: REQUERIR al DEM y la Comisión Permanente de Serenata a que en el plazo de 48 horas hábiles remita toda documentación obrante sobre la fracasada Licitación Pública – Resolución Municipal Nº 152/19.
Artículo Cuarto: De forma. –