La decisión incluye también la prestación de servicios complementarios para aquellos usuarios que no pueden pagar las tarifas. Las empresas del sector se comprometieron a no despedir personal hasta esa fecha.
El Gobierno dispuso el congelamiento de las tarifas de telefonía, celular y fija, acceso a Internet y televisión por cable hasta el próximo 31 de agosto. El anuncio fue formulado por Claudio Ambrosini, titular del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).
La medida, según explicó el funcionario, fue tomada con el acuerdo de las compañías del sector, las que a su vez se comprometieron a no despedir a nadie de su personal hasta la misma fecha.
“El Poder Ejecutivo resolvió, con el acuerdo de las partes, suspender los aumentos de tarifas de la telefonía celular, telefonía fija, Internet al hogar y televisión paga hasta el 31 de agosto. Es una medida que va a aliviar a todos los argentinos, ya que en estos momentos de pandemia se ha determinado que la comunicación se considere un servicio esencial. Estamos muy contentos de haber arribado a esta solución,” señaló Ambrosini.
La resolución, destacó el funcionario, se produjo tras una reunión en la que participó el presidente Alberto Fernández. “Estamos muy conformes con lo que se ha resuelto y creemos que va a ser en beneficio de nuestro país”, agregó
Asimismo, la decisión de no tocar las tarifas se complementó con otras para aquellos que no pueden afrontar las facturas actuales, aún con el congelamiento.
“Para quienes no puedan acceder a seguir pagando ese servicio, hemos implementado servicios complementarios, muy similares al que tenían, en servicios pospagos, prepagos e Internet al hogar, con lo cual el paquete de medidas cubren todas las necesidades para estos momentos,” dijo Ambrosini.
Según se informó, se pondrán a disposición de los usuarios “planes inclusivos” de telefonía e Internet móvil de pospago, de prepago móvil y de Internet fijo, destinados a todas las personas que soliciten el beneficio, con un precio fijo hasta el 31 de octubre. “El objetivo de los mismos es que las personas que atraviesan dificultades económicas durante la cuarentena puedan cambiarse de plan y acceder a un servicio que garantiza la conectividad a un precio accesible” explicó el Gobierno a través de un comunicado.
Dichos planes deberán cumplir una prestación que consistirá en al menos 500 MB de datos; el uso de aplicaciones de mensajería -solo texto-(WhatsApp, Telegram, Facebook Messenger); 500 mensajes de texto (SMS); 300 minutos de llamadas en la red del mismo prestador y 50 minutos en redes de otros prestadores, 0800 gratis, navegación gratuita en portales educativos para el caso de la Telefonía e Internet Movil de Pospago.
Para los servicios de prepago móvil, incluirá las mencionadas aplicaciones de mensajería, solo en su modalidad de texto; 300 mensajes de texto (SMS); 100 minutos de llamadas en la red del mismo prestador y 50 minutos en redes de otros prestadores; 0800 gratis, navegación en portales educativos gratis.
Los planes también pemitirán navegar a una velocidad de 5 Mbps en el servicio de Internet fijo. También se dispuso extender el beneficio del “servicio reducido”, que garantiza la conectividad de usuarios con sistema prepago de telefonía móvil e internet. Todos estos servicios quedarán en funcionamiento con el mismo precio hasta hasta el 31 de octubre de 2020.
“Este acuerdo se suma a las medidas dispuestas por el gobierno nacional para garantizar la conectividad y el pleno acceso a la información necesaria de toda la ciudadanía, motivo por el cual tecnologías de la información y la comunicación (TIC) fueron declaradas una actividad esencial en el marco de la pandemia”, explicó el Enacom.
A través del decreto 311, del 24 de marzo, el gobierno dispuso para todos los servicios públicos la prohibición de aumentar las tarifas y de hacer cortes por falta de pago durante 180 días en el caso de sectores de bajos ingresos. El congelamiento, que en esa primera etapa se aplicó hasta el 30 de abril, luego fue extendido hasta fin de mayo por el decreto 426 y ahora se decidió que continúe vigente hasta fin de agosto.
En concreto, la primera norma estableció que por 180 días no se pueden interrumpir los servicios de los usuarios exceptuados en caso de mora o falta de pago de hasta 3 facturas, consecutivas o alternadas, que hayan tenido vencimientos desde el 1° de marzo de 2020 en adelante. La medida comprendió ademas a los usuarios con aviso de corte en curso. En los casos de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, el decreto dispuso que una vez producida la mora las empresas están obligadas a mantener un servicio reducido.