El oficial Walter Luis Barboza Romero fue sentenciado a prisión condicional y fue inhabilitado para ejercer función pública por el delito de vejaciones agravadas contra un menor de edad al momento de los hechos.
Un efectivo policial fue condenado a la pena de un año y dos meses de prisión condicional e inhabilitación por dos años y cuatro meses, tras haber golpeado a un joven. Esta condena se da a los pocos días de conocerse la sentencia al excomisario Walter Mamaní, de 3 años y 6 meses de prisión efectiva, por varios delitos cometidos contra otro joven.
En esa oportunidad, el oficial Walter Luis Barboza Romero agredió con golpes de puño en más de una ocasión a quien por entonces, era un menor de 17 años.
El hecho ocurrió el 13 de enero de 2019, en la vía pública, en el sector de ingreso de la comisaría 60 de la localidad de Cafayate, informó el Ministerio Público Fiscal.
Todos quedó registrado en un video en el que se observaban los acontecimientos, y con el cual se estableció que el uniformado fue quien golpeó al menor.
La víctima, que al momento tenía 17 años, dio su testimonio y expresó que se encontraban en un boliche cuando tomó conocimiento de que un amigo había sido llevado por la policía. Al presentarse en la comisaría le dijeron que debía esperar, por lo que se dirigió a la plaza, en compañía de otros amigos, para luego regresar. Fue en ese momento Barboza le propinó un golpe de puño en la cara, directamente, para luego llevarlo retrocediendo a la vía pública y ahí volvió a darle otro golpe.
En las imágenes se pudo corroborar que en ningún momento se observó algún tipo de agresión por parte del adolescente. Sin embargo en su informe, el oficial sostuvo que su accionar se debió a que el menor había intentado agredir a una compañera que estaba embarazada.
En relación al accionar del imputado, el fiscal Gabriel González sostuvo que “este hecho debe ser calificado como vejaciones calificadas por el uso de la violencia, entendiendo que tanto la tipicidad objetiva y subjetiva se encuentra conformada y probada, que se cometió en acto de servicio”. Aclaró que “este tipo penal no requiere que la persona se encuentre legalmente detenida, basta con que un funcionario público se encuentre cumpliendo servicio, y además protege la dignidad de la persona y encuentra adecuación en los tratados de Derechos Humanos, incorporados con jerarquía constitucional en nuestra Constitución Nacional”.
González calificó el acto cometido por el oficial como “desproporcionado, sin causa habilitante, que se hizo con total arbitrariedad, que el reproche no hace más que considerar que este hecho merece apartarse del mínimo de la escala penal, a pesar de que el imputado no registra otras causas penales, ni antecedentes condenatorios”.
El fiscal González solicitó la pena de 3 años de prisión condicional, más pena de 5 años de inhabilitación especial por haber sido cometido el hecho mediante el abuso funcional y que esta última sea dirigida a que Barboza ocupe un cargo en la fuerza, más reglas de conducta.
Finalmente, la jueza de la sala VII del Tribunal de Juicio, distrito Centro, Paola Marocco, condenó a Walter Barboza Romero a la pena de un año y dos meses de ejecución condicional e inhabilitación especial por el doble de la condena.