La sociedad de responsabilidad limitada inició las acciones judiciales invocando el artículo 2248 del Código Civil de la Nación para demandar a cuatro miembros de la comunidad originaria diaguita calchaquí Cóndor Huasi.
El juzgado de Cafayate falló a favor de un finquero y autorizó la desposesión de cuatro comuneros. El catastro se superpone con el territorio reconocido a favor de la Comunidad Cóndor Huasi, que apeló el fallo invocando el derecho indígena argentino.
En 2019, la firma Finca San Carlos SRL inició una demanda por reivindicación o desposesión en el Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Personas y Familia de Cafayate. El objeto: la restitución de 500 metros cuadrados insertos en su propiedad, ubicada cerca de la planta urbana del pueblo de San Carlos, en los Valles Calchaquíes.
La sociedad de responsabilidad limitada inició las acciones judiciales invocando el artículo 2248 del Código Civil de la Nación para demandar a cuatro miembros de la comunidad originaria diaguita calchaquí Cóndor Huasi. Una de las demandadas aún habita en ese territorio.
El proceso dio lugar al expediente 1618. Siguió su curso por tres años hasta que a mediados de noviembre de 2022 la jueza María Virginia Toranzos ordenó el desalojo de los cuatro integrantes de la familia de apellido López del espacio de media hectárea que originó la disputa judicial. El expediente tiene la carátula “Finca San Carlos SRL c/ Cardozo, Estelita Olimpia; López, José Antonio; López, Carmen Federica; López, Julia Ester”.
En febrero de 2023, por decisión en asamblea, la Comunidad Cóndor Huasi decidió intervenir, tras la notificación del Juzgado con sede en la ciudad de Cafayate, a 25 kilómetros de San Carlos. En la apelación, cuyo trámite comenzó formalmente el 9 de febrero, la comunidad originaria presentó diferentes documentos. Entre los relevantes, un plano de la localización geográfica del territorio comunitario que fue realizado por técnicos del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas en cumplimiento de la ley 26.160. También, una copia de la resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) de julio de 2021 que dio por finalizado el relevamiento y reconoció la ocupación actual, tradicional y publica de la comunidad indígena Cóndor Huasi en ese territorio.
“Compré la propiedad libre de ocupantes”, contestó Eduardo Serrano ante la consulta de este medio. “Soy el administrador y dueño de Finca San Carlos SRL”, aclaró. “Estuve un año recorriéndola. En 2010, viajé entre siete a ocho veces. La propiedad era parte de una empresa”. Serrano respondió así la primera requisitoria de Salta/12 por una publicación del 18 de abril de 2012 del Boletín Oficial de la República Argentina, que lo mencionó como administrador de la Finca San Carlos SRL, designado en ese rol por el ciudadano norteamericano Lee Stuart Blaugrund. “Compré la finca a esas personas en 2011”, confirmó Serrano. La pestaña “historial de sociedades comerciales” del Boletín nacional informó que ese mes y año Stuart Blaugrund cesó como gerente de Finca San Carlos SRL (titular registral del dominio en ese momento y en la actualidad) y, en su lugar, se designó como gerente a Eduardo Luis Felipe Serrano.
El titular de Finca San Carlos continuó enfocado en los años de la negociación y compra de la propiedad, entre 2010 y 2011. “El administrador era un salteño, que se llama Sebastián Saravia. Él fue el intermediario en el proceso”, contó. “Como desarrollo un emprendimiento (inmobiliario y de vid según informa la web de la Finca), quise comprar una propiedad que tuviese todos los papeles en orden. Tardé un año en decidir. Es la propiedad más antigua de San Carlos, el primer catastro de San Carlos. Antes de la policía. Como todo, tuvo titularidad registral”, destacó.
Luego se explayó sobre conflictos anteriores a la demanda que se inició en 2019. “Comencé a hacer inversiones. Entonces aparecieron otras personas sobre la ruta (nacional 40, límite este de ese catastro). Eran varios, familiares de estos que están ahora (por los comuneros demandados). En esa oportunidad (cuando recién había comprado la Finca) los fui a ver. Les consulté si tenían papeles y no tenían nada”, dijo. “Los cité a una mediación en San Carlos. Nunca se acercaron y se declaró desierta”. Sobre la posesión actual, tradicional y pública que interpuso la Comunidad Cóndor Huasi tras el fallo de primera instancia, Serrano respondió categórico: “no son de ahí, es un invento”. “Es un relato. Lo que le cuento es constatable”, insistió.
“¿Usted cree que los ciudadanos originarios son preexistentes a su propiedad?”,
“Para empezar, esos ciudadanos no son originarios ni por casualidad. Yo soy descendiente de originarios de General Rodríguez en la provincia de Buenos Aires. De originarios reales”, ironizó. “A mí ese cuento no me entra por ningún lado. Yo puedo pensar lo que a mí me parezca, pero ¿qué hice como ciudadano?”, preguntó para responder: “me presenté a la justicia con todos los elementos que constatan que soy el titular de esas tierras que compré y del emprendimiento que desarrollo”, afirmó. “Una cosa es lo que presenten (en alusión a la apelación de la comunidad diaguita calchaquí), y otra lo que defina la justicia. Los ciudadanos recurrimos a ella cuando hay un conflicto entre partes. La justicia definirá”, insistió.
El dilema en el expediente 1618
¿Por qué durante el proceso no se aplicó la ley 26.160 que impide el desalojo de territorio comunitario?
Juan Condori, referente de la Unión Nación de Pueblos Diaguitas (UNPD) dijo a Salta/12: “nos toca abordar esta cuestión (por el desalojo) como emergencia territorial. No lo hacemos como Julia López”, por una de las comuneras objeto de la demanda, “sino como una comunidad y un colectivo. El desalojo de la familia López ocurrió con la complicidad de la justicia y los políticos”, aseguró. “No hubo acceso a la justicia para los poseedores en ese momento y desde ese lugar. Solo se validó la titularidad (por las cédulas parcelarias del catastro 2401), y no la posesión”. El catastro se subdividió en tres en 2021 (2620, 2621 y 2622), según se desprende del expediente 1816.
“Entendemos como son los ataques sistemáticos contra la comunidad, a veces son visibles y a veces invisibles”, continuó el vocero diaguita. “Lo que nosotros vemos es que a tres kilómetros sobre el camino a San Lucas (ruta provincial 11 hacia la quebrada homónima), Serrano avanzó con alambrados y dejó adentro a Julia López”. “Cuando el INAI relevó el uso territorial de la comunidad, familias como los López y otras (caso Mamani) fueron reconocidas dentro del territorio comunitario”, explicó Condorí. Para la Comunidad Cóndor Huasi, el desalojo ordenado por la justicia salteña en noviembre de 2022 “violó el derecho de los poseedores, porque la comunidad reconoció que la familia López se encuentra dentro de la posesión actual, tradicional y pública”.
El caso y las elecciones
Durante la campaña electoral que cerró el domingo 14 de mayo con las elecciones generales en la provincia de Salta, circuló por medios locales que Miguel Nanni (que hasta el 14 de mayo aspiraba a la gobernación por Juntos por el Cambio) y su hermano Eduardo Nanni (candidato a intendente de Cafayate por el mismo espacio) eran los titulares registrales de los catastros de donde la justicia salteña ordenó desalojar a una familia de la comunidad originaria en noviembre de 2022.
Al cierre de los comicios, mientras Miguel Nanni festejaba ser la segunda fuerza en la provincia en el bunker de JxC, Salta/12 le consultó sobre su vínculo con el caso y los catastros involucrados. “Es un disparate”, respondió. “Esa finca alguna vez perteneció a mis bisabuelos”, agregó en relación al parentesco materno con los primeros titulares registrales del dominio. Según la cédula parcelaria del catastro 2401 que forma parte del expediente, la propiedad estuvo en manos de Eduardo Nanni por donación de Cipriano Valero. Pero Miguel Nanni insistió en que ya no está en manos de su familia: “Nosotros no tenemos tierras en esa zona, mi hermano menos. La persona que fue desalojada no tiene nada contra nosotros”, aseguró y atribuyó la versión de su vinculación con la campaña preelectoral.
Del expediente 1618/19 se desprende que los derechos que asisten a las comunidades originarias en el derecho argentino aparecieron recién en la apelación interpuesta en febrero de 2023. Verónica Huber, abogada de la comunidad, solicitó en la apelación la suspensión del desalojo y denunció falsificación en el proceso de entrega de las notificaciones por parte del juez de Paz de Cafayate. Incluso solicitó a la jueza María Virginia Toranzos que tramite una investigación de la celda activa del celular del juez de Paz los días que llevó las notificaciones de la causa a esa familia, tanto en San Carlos como en un domicilio declarado en el barrio Fonavi en Cafayate.
Eduardo Serrano le informó a este medio en abril de 2021 que era el dueño de Finca San Carlos hacía diez años. La consulta se originó por un desmonte de 300 hectáreas. En ese momento, la comunidad originaria diaguita calchaquí, apoyada por la Asamblea por el Agua Sana de San Carlos, denunció la destrucción del monte nativo. Serrano respondió que tenía todos los permisos en regla, que no había desmontado, sino que el hecho había ocurrido en una propiedad vecina.
Fuente: Salta/12